Trabajo

Las personas migrantes, solicitantes de refugio y refugiadas tienen legalmente los mismos derechos y obligaciones en Uruguay que las personas nacionales.

¿Puedo trabajar en Uruguay aunque no tenga cédula de identidad uruguaya?

Sí, el empleador/a podrá contratarte, siempre que acredites que estás tramitando la residencia temporaria o definitiva.

La constancia vigente, será expedida por la Dirección Nacional del Migración – Ministerio del Interior, o a través de la Secretaría Permanente de la Comisión de Refugiados si eres solicitante de refugio.

Empleador/a: El empleador/a, al momento de contratar a un trabajador/a migrante o refugiado/a, debe proceder como ante cualquier otro trabajador/a de origen nacional registrándole ante los organismos pertinentes:

Banco de Previsión Social (con número de cédula de identidad o, en su defecto, con número de pasaporte, o de documento de identidad del país de origen, en caso de encontrarse en trámite la residencia).
En caso de que el trabajador/a se encuentre tramitando la residencia o la solicitud de refugio, el empleador/a deberá conservar en su poder una copia de la constancia vigente indicada en el numeral 1 o 2, según corresponda.

Banco de Seguros del Estado (seguro contra accidentes y enfermedades profesionales).
Debe tenerse presente que:

las autoridades de nuestro país no emiten ninguna constancia bajo la denominación de «Permiso de Trabajo»: es la condición de residente lo que habilita a las personas extranjeras a trabajar de forma dependiente o independiente en Uruguay.
Al momento de obtener la cédula de identidad emitida en Uruguay, los/as trabajadores/as extranjeros/as deberán ser registrados/as en BPS con este documento.
Consultas: por dudas relativas a la presente información, el empleador/a y/o el trabajador/a pueden enviar su consulta web a través del siguiente vínculo de contacto o comunicarse a los teléfonos 0800 7171 (MTSS) – 1997 (BPS).
Las personas migrantes tienen la misma protección y derechos que las personas nacionales, deberán recibir igualdad de trato para obtener un empleo, contar con la misma remuneración y condiciones, así como acceso a formación profesional.

En Uruguay, pueden trabajar como empleados/as o por cuenta propia, migrantes con: Residencia Permanente podrán trabajar por tiempo indefinido, Residencia Temporal podrán hacerlo durante el período de tiempo condedido para su residencia.

No podrán trabajar personas con categoría de «No Residente»: turistas, tripulantes de buques de pesca, entre otros casos similares.

Quien emplee a trabajadores migrantes deberá cumplir toda la normativa laboral vigente tal como se aplica a trabajadores nacionales; no podrán
contratar personas migrantes en situación irregular.

https://www.gub.uy/ministerio-trabajo-seguridad-social/politicas-y-gestion/son-centros

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