¿CÓMO SE TRAMITAN LAS RESIDENCIAS?
SI VENÍS DE:
- Cualquier parte del mundo
- Estadía menor a 180 días -> Hoja de Identidad Provisoria
- Mercosur y países asociados
- Entre 180 días y 2 años – Residencia temporal MERCOSUR
- Más de 2 años – Residencia permanente MERCOSUR
- Fuera del Mercosur
- Entre 180 días y 2 años – Residencia temporal
- Más de 2 años – Residencia permanente
- Localidades en Brasil cercanas a la frontera con Uruguay – > Documento especial fronterizo
Por más información, ingresar en https://www.gub.uy/tramites/residencia-legal.
La Hoja de Identidad Provisoria permite tener una estadía por un período máximo de 180 días, si el motivo del viaje es estudio, trabajo y/o religioso. Se emite una sola vez y no es posible extenderla.
Todo documento extranjero que se presente debe estar apostillado o legalizado (de acuerdo a la Ley N.° 15.441) y traducido al español por traductor público uruguayo, salvo aquellos emitidos en Brasil.
Una vez que se acredita la actividad que motiva la solicitud, se emite un certificado con el fin de procesar la Hoja de Identidad Provisoria con la Oficina Nacional de Identificación Civil, el cual deberá presentarse en caso de necesitar inscribirse en los organismos pertinentes de la Seguridad Social (Banco de Previsión Social) y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Costo Asociados:
- Costo del certificado: 55,71 UI.
¿Qué documentación se requiere?
- Documento de identidad con el que ingresa al país el solicitante (original y copia).
- Acreditar la actividad que da origen a su solicitud y la fecha del cese de la misma, mediante una carta membretada de la Institución o empresa.
- Certificado notarial que certifique los datos completos de la Institución o empresa.
- Esquema de vacunación vigente, expedido por una Institución habilitada por el Ministerio de Salud Pública de Uruguay, siendo obligatorias las vacunas antitetánicas y la del sarampión (más detalles de la ubicación de vacunatorios aquí).
¿Dónde se realiza?
- En línea, creando un usuario en el sitio www.gub.uy, consultar aquí.
- Oficinas de la Dirección Nacional de Migración, consultar aquí.
Una vez culminado el trámite, el solicitante se presenta ante la Dirección Nacional de Identificación Civil para obtener la Hoja de Identidad Provisoria.
PERMISO DE NÓMADE DIGITAL
La residencia está destinada a personas que trabajan por cuenta propia o para empresas en el extranjero. Permite una estadía de hasta seis meses con posibilidad de renovar por otros seis meses más.
Costo asociado:
- Aproximadamente $312, que deberán ser abonados en las redes de cobranza de Abitab, RedPagos o Correo Uruguayo una vez que estés en el país.
¿Qué documentación se requiere?
- Documento de identidad con el que ingresa al país el solicitante (original y copia).
- Formulario en línea con datos personales completos y una declaración jurada en la que afirman que disponen de medios para mantenerse económicamente durante su estadía en el país. Esta última puede ser descargada y firmada directamente desde la página del trámite.
En caso de querer renovar el permiso por otros seis meses más, también tendrás que presentar:
- Esquema de vacunación vigente, expedido por una Institución habilitada por el Ministerio de Salud Pública de Uruguay, siendo obligatorias las vacunas antitetánicas y la del sarampión (más detalles de la ubicación de vacunatorios aquí).
- Antecedentes penales: certificado de antecedentes judiciales, penales o policiales a nivel nacional del país de origen y de los países donde haya residido los últimos 5 años (traducido al español en caso que corresponda).
¿Dónde se realiza?
- En línea, creando un usuario en el sitio www.gub.uy, consultar aquí.
Una vez culminado el trámite, el solicitante se presenta ante la Dirección Nacional de Identificación Civil para obtener la Hoja de Identidad Provisoria.
¿Cómo se hace?
- Por más información sobre el paso a paso del trámite del permiso de nómade digital, consultá aquí.
RESIDENCIA TEMPORARIA
En caso de querer permanecer en Uruguay por un período superior a 180 días, pero menor a 2 años (siendo posible renovarse por dos años adicionales), la residencia temporaria será más apropiada. Si quien la gestiona no habla español, deberá concurrir a la entrevista con intérprete.
Todo documento extranjero que se presente debe estar apostillado o legalizado si el país de origen del solicitante NO integra la Convención de la Haya (de acuerdo a la Ley N.° 15.441). A su vez, deben estar traducidos al español por traductor público uruguayo, salvo aquellos emitidos en Brasil.
Si eres de Argentina, Brasil, Paraguay, Venezuela, Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador o Perú, puedes solicitar la Residencia Temporal del Mercosur con la ventaja de no tener que proporcionar documentación probatoria de la actividad que da origen a la solicitud.
Costos asociados:
- Trámite de Residencia 557,30 UI.
- Certificado migratorio 55,70 UI para la obtención de cédula de identidad una vez concedida la misma.
- Una vez iniciado el trámite y hasta el momento que se conceda la residencia, deberá abonar un permiso de reingreso cada vez que salga del país siendo su costo 225,60 UI.
¿Qué documentación deben presentar los solicitantes provenientes de países fuera del Mercosur?
- Foto carné.
- Completar formulario con datos personales.
- Documento de identidad: fotocopias y original del documento de identidad con el cual ingresó al país o Certificado de matrícula expedido por el Consulado correspondiente en Uruguay.
- Fecha exacta de ingreso al país.
- Esquema de vacunación vigente, expedido en Uruguay (más detalles de la ubicación de vacunatorios aquí).
- Carné de salud vigente: el Carné de Salud Laboral, expedido por los prestadores de servicios de salud públicos o privados habilitados por el Ministerio de Salud Pública.
- Antecedentes penales: certificado de antecedentes judiciales, penales o policiales a nivel nacional del país de origen y de los países donde haya residido los últimos 5 años (traducido al español en caso que corresponda).
- Acreditar poseer la actividad que da origen a su solicitud donde se especifique actividad que desarrolla y el plazo:
- TRABAJADORES: carta membretada donde se especifique actividad que desarrolla y el plazo de contratación por el empleador, indicando remuneración mensual si correspondiere o modo de manutención. En caso de residencia por trabajo, junto a la carta se deberá adjuntar constancia de Alta de BPS (Banco de Previsión Social) o Planilla de trabajo o Recibo de Sueldo o Certificado Notarial o Contable donde se acrediten todos los datos de la empresa.
- ESTUDIANTES: probar dicha calidad mediante certificado oficial de la institución educativa -en el caso de ser un instituto privado irá acompañado de certificación notarial de la existencia del instituto, y su contralor. Además deberá acreditar medios de vida, los cuales deberán ser suficientes para su manutención. En caso de no poseer medios de vida propios: puede aportar medios de vida de un familiar directo, acompañando las partidas necesarias para probar el vínculo.
- Si los medios de vida provienen del exterior, aportar certificado notarial donde conste el dinero que recibe del exterior, detallando monto, lugar donde percibe el giro y parentesco del que realiza el mismo. Podrá presentarse la documentación mencionada precedentemente original o testimonio notarial por exhibición o fotocopia simple autenticada por Escribano Público; (en estos dos últimos casos no se requerirán los documentos originales). En caso de que presente la documentación en original y una copia, se agregará esta última y certificará su autenticidad el funcionario actuante.
- Este tipo de residencia se concede hasta por un año, prorrogable por iguales períodos, no excediendo los dos años del total de la carrera.
- RELIGIOSOS: Religiosos pertenecientes a iglesias, órdenes o congregaciones reconocidas en el país, que vengan a desarrollar actividades propias de su culto, docente o asistenciales. Deberán presentar certificado expedido por la congregación o iglesia a la que pertenece en hoja membretada, donde se establezca las actividades a desarrollar, la duración de su misión y constancia de manutención. A ello se le adjuntará certificación notarial donde se acredite la personería jurídica y demás datos de la iglesia.
En caso de un extranjero menor de 18 años:
- No se solicitarán antecedentes penales.
- Se requerirá autorización expresa de los padres para radicarse en Uruguay. En caso que la misma no sea dada en forma presencial, si proviene del extranjero mediante un poder, la misma deberá previamente ser protocolizada por un escribano uruguayo.
¿Dónde se realiza?
- Debe solicitarse audiencia a través de la página web www.tramites.gub.uy y luego en Oficinas de la Dirección Nacional de Migración, consultar aquí.
- También a través de la representación Diplomática de Uruguay acreditada en el país donde reside, consultar aquí.
RESIDENCIA TEMPORAL DEL MERCOSUR
¿Qué documentación deben presentar los solicitantes provenientes de países del Mercosur y asociados?
- Foto carné.
- Documento de identidad: fotocopias y original del documento de identidad con el cual ingresó al país o Certificado de matrícula expedido por el Consulado correspondiente en Uruguay.
- Fecha exacta de ingreso al país.
- Esquema de vacunación vigente, expedido en Uruguay (más detalles de la ubicación de vacunatorios aquí).
- carné de salud vigente: el Carné de Salud Laboral, expedido por los prestadores de servicios de salud públicos o privados, habilitados por el Ministerio de Salud Pública.
- Antecedentes penales: certificado de antecedentes judiciales, penales o policiales a nivel nacional del país de origen y de los países donde haya residido los últimos 5 años (traducido al español en caso que corresponda).
- Partida de nacimiento y comprobación de estado civil de la persona cuando así correspondiera (original y copia), y/o Certificado de Nacionalización o Naturalización, si fuera el caso.
En caso de un extranjero menor de 18 años:
- No se solicitarán antecedentes penales.
- Se requerirá autorización expresa de los padres para radicarse en Uruguay. En caso que la misma no sea dada en forma presencial, si proviene del extranjero mediante un poder, la misma deberá previamente ser protocolizada por un escribano uruguayo.
¿Dónde se realiza?
- Solicitar audiencia a través de la página web www.tramites.gub.uy y luego concurrir a la entrevista en Oficinas de la Dirección Nacional de Migración, consultar aquí.
- También a través de la representación Diplomática de Uruguay acreditada en el país donde reside, consultar aquí.
RESIDENCIA LEGAL DEFINITIVA O PERMANENTE
Este tipo de residencia permitirá, a los ciudadanos extranjeros, residir en forma permanente en Uruguay. Si quien la gestiona no habla español, deberá concurrir a la entrevista con intérprete.
Todo documento extranjero que se presente debe estar apostillado o legalizado (Ley N.° 15.441) y traducido al español por traductor público uruguayo, con la excepción de los emitidos por Brasil.
Si el interesado es nacional de países miembros y asociados al MERCOSUR o tiene vínculos con uruguayos (padres, hermanos, cónyuges y concubinos reconocidos judicialmente), podrá tramitarla ante el Ministerio de Relaciones Exteriores (Ley N.° 19.254).
Costos asociados:
- Trámite de Residencia 557,30 UI.
- Certificado migratorio 55,70 UI para la obtención de cédula de identidad una vez concedida la misma.
- Una vez iniciado el trámite y hasta el momento que se conceda la residencia deberá abonar un permiso de reingreso cada vez que salga del país, siendo su costo 225,60 UI.
¿Qué documentación deben presentarse?
- Foto carné.
- Documento de identidad: fotocopias y original del documento de identidad con el cual ingresó al país o Certificado de matrícula expedido por el Consulado correspondiente en Uruguay.
- Fecha exacta de ingreso al país.
- Esquema de vacunación vigente, expedido en Uruguay (más detalles de la ubicación de vacunatorios aquí);
- Carné de salud vigente: el Carné de Salud Laboral, expedido por los prestadores de servicios de salud públicos o privados, habilitados por el Ministerio de Salud Pública.
- Antecedentes penales: certificado de antecedentes judiciales, penales o policiales a nivel nacional del país de origen y de los países donde haya residido los últimos 5 años (traducido al español en caso que corresponda).
- Partida de nacimiento y/o comprobación de estado civil de la persona cuando así correspondiera, y/o Certificado de Nacionalización o Naturalización, si fuera el caso (presentar copia y original).
- Demostrar los medios de vida, a través de documentación que corresponda según la actividad (empleado de persona jurídica, empleado de persona física, trabajador independiente, empresario o accionista, rentista, jubilado y pensionista en el exterior o jubilado en Uruguay).
En caso de un extranjero menor de 18 años:
- No se solicitarán antecedentes penales.
- se requerirá autorización expresa de los padres para radicarse en Uruguay. En caso que la misma no sea dada en forma presencial, si proviene del extranjero mediante un poder, la misma deberá previamente ser protocolizada por un escribano uruguayo.
- A partir de los 4 años, probar calidad de estudiante, mediante la presentación del certificado de estudio correspondiente de la Institución educativa.
¿Dónde se realiza?
- Solicitar audiencia a través de la página web www.tramites.gub.uy y luego en Oficinas de la Dirección Nacional de Migración, consultar aquí.
- También a través de la representación Diplomática de Uruguay acreditada en el país donde reside, consultar aquí.
RESIDENCIA PERMANENTE MERCOSUR
Es el proceso administrativo que se realiza ante el Ministerio de Relaciones Exteriores un extranjero nacional de países miembros del Mercosur y asociados, o un extranjero familiar de uruguayos que residirá de forma permanente en Uruguay para regularizar su estadía y obtener la cédula de identidad uruguaya al amparo de la Ley N.° 19.254.
¿Quiénes pueden solicitar la residencia permanente?
- Los extranjeros familiares de uruguayos: cónyuges, concubinos con sentencia judicial uruguaya que así lo establezca, hermanos/as y padres/madres de uruguayos.
- Los extranjeros nacionales del Mercosur Estados Partes y Asociados: Argentina, Brasil, Paraguay, Venezuela, Chile, Bolivia, Perú, Colombia, Ecuador; Guyana y Surinam.
Costo:
- No tiene costos asociados.
¿Dónde se realiza?
Se puede tramitar desde la oficina de Residencias en Ministerio de Relaciones Exteriores en Uruguay o desde los Consulados uruguayos en el exterior.
¿Qué documentación deben presentarse?
Requisitos, desde Uruguay:
1. Documento de identidad vigente y en buen estado (DNI, cédula, pasaporte).
2. Certificado de antecedentes penales vigente del país o países de residencia mayor a 6 meses durante los últimos 5 años.
3. Certificado de vacunas uruguayo.
Para Solicitante familiar de Uruguayos:
1. Documento de identidad vigente y en buen estado (DNI, cédula, pasaporte).
2. Acreditar mediante partidas vigentes el vínculo con la persona uruguaya. (En caso de concubino, testimonio de sentencia judicial uruguaya que declare el concubinato).
3. Cédula o pasaporte vigente y en buen estado de la persona uruguaya.
4. Certificado de vacunas uruguayo.
Requisitos, desde el exterior:
Mismos requisitos de tramitarlo en Uruguay más una “Constancia de domicilio en el país donde iniciará el trámite”, tanto para el caso del solicitante como del solicitante familiar de uruguayos.
DOCUMENTO ESPECIAL FRONTERIZO
Esta residencia permite residir, estudiar y/o trabajar en Uruguay, exclusivamente dentro de los límites territoriales de las localidades fronterizas vinculadas al Acuerdo firmado por ambos gobiernos, si eres nacional de alguna de las localidades fronterizas en Brasil como: Chuí, Santa Vitória do Palmar/balneario do Hermenegildo, Barra do Chuó, Jaguarao, Aceguá, Santana do Livramento, Quaraí y Barra do Quaraí.
El Documento Fronterizo tiene una vigencia de 5 años, la cual puede prorrogarse antes de su vencimiento.
Costos asociados:
- Trámite de Residencia 557,30 UI.
- Certificado migratorio para la obtención de cédula de identidad 55,70 UI.
¿Qué documentación debe presentarse?
- Documento de identidad válido admitido por ambas partes;
- comprobante de Residencia (constancia de domicilio) en alguna de las localidades de referencia en el Acuerdo;
- dos fotos carné recientes, en color, tamaño 3 x 4;
- antecedentes penales: certificado de antecedentes judiciales, penales o policiales a nivel nacional del país de origen y de los países donde haya residido los últimos 5 años (traducido al español en caso que corresponda).
En caso de un extranjero menor de 18 años:
- No se solicitarán antecedentes penales;
- autorización expresa de los padres para radicarse en Uruguay. En caso que la misma no sea dada en forma presencial, si proviene del extranjero mediante un poder, la misma deberá previamente ser protocolizada por un escribano uruguayo.
¿Dónde se realiza?
- El trámite se realiza en forma presencial en las Inspectorías de Migración en Chuy, Rivera, Río Branco, Aceguá, Bella Unión y Artigas, consultar detalles aquí.
reve descripción del contenido y por qué es importante, o algo por el estilo que llegue a tres líneas.
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